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Consigue tu Kit Digital sin complicaciones
¿Quieres digitalizar tu negocio y beneficiarte del Kit Digital?
No te preocupes por los trámites ni el papeleo. Yo me encargo de todo sin ningún coste para ti. Sólo tienes que rellenar este formulario y me pondré en contacto contigo en un periquete.
¿Qué es eso del Kit Digital?
El Kit Digital forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025, subvencionado por los fondos Next Generation de la Unión Europea que, en el caso de España, están dotados de hasta 3.067 millones de euros.
Con estos fondos, y hasta 2024, se pretende dar un impulso a la digitalización de las empresas en España empezando por las pymes, micropymes y personas autónomas a partir del 2022.
Puedes consultar aquí todas las convocatorias disponibles
Servicios
¿Qué puedo hacer por ti?
El Kit Digital te ofrece muchísimas posibilidades para la digitalización de tu empresa, pero como el que mucho abarca poco aprieta, en Oficina Trece me especializo en 4 de esas soluciones.
En este enlace puedes ver el catálogo completo de soluciones del Kit Digital, si el servicio que te interesa no se encuentra entre mis especialidades no te preocupes, puedo ayudarte a tramitar tu bono y a encontrar al profesional que necesitas.
Diseño Web
Tienda Online
Redes Sociales
SEO Avanzado
Preguntas Frecuentes
¿Quién puede solicitar el Kit Digital?
Pueden solicitar el Kit Digital las pequeñas empresas (hasta 49 trabajadores), microempresas (hasta 9 trabajadores) y personas en situación de autoempleo (autónomos) que tengan su domicilio fiscal en España y cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en las convocatorias.
¿Qué requisitos hay que cumplir para solicitar el Kit Digital
Los requisitos generales para solicitar el Kit Digital son:
- Tener la condición de pequeña empresa, microempresa o persona en situación de autoempleo, según la definición del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión.
- Estar inscrito en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
- No tener la consideración de empresa en crisis, según el artículo 2.18 del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión.
- Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
Esto es un resumen, pero te dejo aquí el enlace al BOE por si quieres saber más.
¿Qué soluciones digitales se pueden cubrir con el Kit Digital?
Las soluciones digitales que se pueden contratar con el Kit Digital son las siguientes:
-
Diseño web: creación o mejora de una página web profesional y adaptada a las necesidades del negocio.
-
Comercio electrónico: implantación o mejora de una tienda online o de una plataforma de venta online.
-
Ciberseguridad: implantación de medidas de seguridad informática para proteger los datos y los sistemas del negocio.
-
Marketing digital: implantación o mejora de estrategias de marketing online para atraer y fidelizar clientes.
-
Gestión empresarial: implantación o mejora de herramientas de gestión empresarial, como la facturación, la contabilidad o el CRM.
¿Qué importe se puede recibir con el Kit Digital?
El importe de la subvención depende del tamaño de la empresa y de la solución digital contratada. Los importes máximos son los siguientes:
-
Para pymes de entre 10 y 49 empleados: hasta 12.000 €
-
Para microempresas de entre 3 y 9 empleados: hasta 6.000 €
-
Para autónomos con un máximo de 2 empleados: hasta 2.000 €
Ten en cuenta que no recibirás el importe directamente. Una vez concedida la subvención se emite un bono a tu favor por la cantidad correspondiente y es el Agente Digitalizador quien recibe el pago una vez demostrado que se ha realizado el servicio.
¿Cómo se solicita el Kit Digital?
Puedes hacerlo tú mismo por vía telemática o puedes delegar todo el papeleo en un representante voluntario. En Oficina Trece me encargo de todos los trámites para que tú no tengas que preocuparte por nada.
¿Qué plazo hay para contratar y ejecutar la solución digital?
El plazo es de seis meses desde la fecha de la resolución de concesión de la ayuda. En caso de que no se cumpla este plazo, se podrá solicitar una prórroga de tres meses, siempre que se justifique debidamente el motivo.
¿Qué es un agente digitalizador?
Los agentes digitalizadores son empresas o entidades que ofrecen soluciones digitales específicas y que están inscritas en el Registro de Agentes Digitalizadores del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
¿Sólo los agentes digitalizadores pueden ofrecer el Kit Digital?
No, los agentes digitalizadores no son los únicos que pueden ofrecer el servicio del Kit Digital, pero sí son los únicos que pueden justificar la realización de la solución digital ante la administración y recibir el pago de la subvención.
Sin embargo, pueden colaborar con otros profesionales que no estén inscritos en el registro. Estos profesionales pueden ofrecer el servicio del Kit Digital a sus clientes, siempre que lo hagan a través de un agente digitalizador autorizado, que será el responsable de emitir el certificado de realización, la factura y el informe técnico de la solución digital.
De esta forma, los profesionales que no sean agentes digitalizadores pueden beneficiarse del programa Kit Digital y ofrecer a sus clientes una solución integral para digitalizar su negocio, que incluya tanto la solicitud de la ayuda como el diseño web. Y este es mi caso, tengo la posibilidad de ofrecerte este servicio gracias a mi colaboración con Ayuda Digitalización.
